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Evidencia de presencia fisica

Evidencia documental con fecha que establece el periodo requerido de presencia fisica en Estados Unidos, como registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales, declaraciones de impuestos u otros documentos oficiales con fecha.

Solicitantes en rutas humanitarias o de protección cuyo trámite de residencia depende de una concesion previa de estatus, una regla de cohorte o un historial fechado de presencia.

Categoría: Evidencia de elegibilidad humanitariaUso: Evidencia humanitaria y de protecciónAlcance: Especifico del caso

Que es

Evidencia documental con fecha que establece el periodo requerido de presencia fisica en Estados Unidos, como registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales, declaraciones de impuestos u otros documentos oficiales con fecha.

Especifico del caso: Si este documento importa depende de la categoría, los hechos o la relación con el caso.

Quien suele necesitarlo

Solicitantes en rutas humanitarias o de protección cuyo trámite de residencia depende de una concesion previa de estatus, una regla de cohorte o un historial fechado de presencia.

Cuando suele aparecer

Normalmente durante la etapa posterior de ajuste o confirmacion de elegibilidad de esa ruta humanitaria más estrecha.

Que cambia por proceso, ruta o post

Estos registros son propios de la ruta. La pregunta principal suele ser si el solicitante realmente tiene el estatus humanitario o el historial temporal que exige la ruta.

Trampas comunes de formato o evidencia

  • Asumir que un registro de estatus humanitario aplica ampliamente fuera de la ruta estrecha que lo crea.
  • Usar un paquete posterior de trámite para adivinar la base humanitaria subyacente en vez de confirmarla primero.

Familia de rutas · Inadmisibilidad

Ejemplos de flujos actuales con soporte exacto

Postura de cobertura: Los flujos públicos actuales de soporte exacto incluyen varios ejemplos directos para este documento, pero los requisitos exactos siguen dependiendo de la ruta, la etapa del proceso y las instrucciones oficiales.

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca al menos 1 año de presencia fisica en Estados Unidos después de la concesion del asilo. La evidencia aceptable incluye registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales, declaraciones de impuestos, talones de pago, estados de cuenta bancarios u otros documentos oficiales con fecha. El conteo de 1 año comienza en la fecha de concesion del asilo. (Fuentes: uscis_asylee_gc, uscis_policy_m_asylee_adjustment, uscis_i485_instructions)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: asylee

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca al menos 1 año de presencia fisica en Estados Unidos después de la admisión como refugiado. El periodo de 1 año comienza desde la fecha de admisión como refugiado. La evidencia aceptable incluye registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales, talones de pago u otros documentos oficiales con fecha. (Fuentes: uscis_refugee_gc, uscis_policy_l_refugee_adjustment, uscis_i485_instructions)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: refugee

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca al menos 3 años de presencia fisica continua en Estados Unidos en estatus de no inmigrante U. El requisito de presencia continua de 3 años esta regido por 8 CFR 245.24 y comienza desde la fecha de admisión en estatus U. Use multiples documentos con fecha superpuestos para establecer la continuidad. (Fuentes: uscis_u_gc, ecfr_8_cfr_245_24, uscis_i485_instructions)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: u-nonimmigrant

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca la presencia fisica continua en Estados Unidos durante el periodo calificado de no inmigrante T (tipicamente 3 años desde la admisión T, o la finalizacion de la investigación o procesamiento si es menor). El requisito de presencia continua bajo 8 CFR 245.23 debe documentarse con registros con fecha superpuestos. (Fuentes: uscis_t_gc, ecfr_8_cfr_245_23, uscis_policy_j_t_adjustment, uscis_i485_instructions)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: t-nonimmigrant

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca al menos 1 año de presencia fisica en Estados Unidos antes de presentar. La Ley de Ajuste Cubano requiere al menos 1 año de presencia fisica en Estados Unidos después de la admisión o libertad condicional calificada. Use registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales u otros documentos oficiales con fecha. (Fuentes: uscis_cuban_adjustment, uscis_i485_instructions, uscis_cuban_adjustment_policy_alert)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: cuban-adjustment

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha que establezca el periodo de presencia fisica continua requerida para su cohorte especifica de la Seccion 203 de NACARA. El periodo de presencia requerido difiere por cohorte y subruta. Use documentos con fecha superpuestos (registros de entrada, contratos de arrendamiento, registros escolares o laborales, declaraciones de impuestos, talones de pago) para establecer la continuidad durante todo el periodo requerido. (Fuentes: uscis_nacara_eligibility, uscis_i881_instructions, uscis_nacara_decision_making)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: adjustment-of-status · humanitarian.subcategory: nacara-203

  • Normalmente se necesita

    Proporcione evidencia documental con fecha superpuesta que establezca presencia fisica continua en Estados Unidos durante todo el periodo requerido para su cohorte de la Seccion 203 de NACARA. El periodo de presencia requerido y su fecha de inicio difieren por cohorte. Para los cohortes salvadoreno y guatemalteco, la presencia continua desde el 1 de octubre de 1990 o antes es un punto de referencia básico; verifique el requisito de fecha exacto para su cohorte y subruta especificos en las instrucciones del I-881. Use una combinacion de documentos con fecha superpuesta para establecer la continuidad: registros de entrada, I-94, contratos de arrendamiento, registros del empleador o talones de pago, registros de inscripción escolar, declaraciones de impuestos y W-2, facturas de servicios públicos, estados de cuenta bancarios, registros médicos y registros de la iglesia o comunidad. Las interrupciones en la presencia deben abordarse o explicarse. (Fuentes: uscis_nacara_eligibility, uscis_i881_instructions, uscis_nacara_decision_making)

    Se muestra cuando: scope.green_card_path: humanitarian · scope.processing_context: uscis-filing · humanitarian.subcategory: nacara-203


Esta página explica cuando suele importar este documento. La lista de su caso y las instrucciones oficiales siguen controlando los requisitos actuales.

Vuelva a revisar la fuente oficial en vivo antes de presentar, viajar, pagar tarifas o depender de instrucciones especificas del consulado.

Fuentes usadas en esta página